De manera unánime
CS confirmó fallo que rechazó acción de amparo en contra del General Director de Carabineros y en contra del Ministerio del Interior por presunta investigación ilegal a activistas sociales.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso, por estimar que la función de inteligencia definida en los artículos 2 y 22 de la Ley 19974 faculta a los recurridos para llevar a cabo la investigación en contra de los actores.

De manera unánime, la Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que rechazó recurso de amparo deducido por un grupo de activistas y dirigentes sociales en contra del Ministerio del Interior y del General Director de Carabineros por presunta investigación ilegal.
Los amparados señalaron que su seguridad individual y libertad personal se encuentra vulnerada por una supuesta investigación ilegal llevada a cabo por Carabineros de Chile. Dicha investigación sería motivada por sus actividades como dirigentes sociales y activistas de materia ambiental, lo que los convirtió en objetos de vigilancia permanente y seguimientos diarios, sin tener conocimiento del objetivo principal de la investigación, ni los motivos que inspiren a la misma. Agregaron los actores que tomaron conocimiento de las investigaciones realizadas por los recurridos por un hackeo a determinados documentos de la institución, los que daban cuenta del actuar de Carabineros de Chile en su contra. Sostienen que el actuar de los recurridos configuran una restricción, vulneración y amenaza al legítimo ejercicio de las garantías constitucionales contenidas en el N°7 del artículo19 de la Carta Fundamental.
Por su parte, los recurridos señalaron que el actuar de la Dirección de Inteligencia Policial de Carabineros de Chile se encuadran dentro de las facultades otorgadas por la Ley 19.974, normativa que obliga a los recurridos a no entregar información sobre la investigación, pues la finalidad de la norma es la protección de la soberanía nacional y la preservación del orden constitucional, dentro de lo cual se encuentra el aseguramiento y resguardo del Orden Público, por lo que las labores de inteligencia apuntan al interés general, sin que su desarrollo signifique algún tipo de persecución contra los actores.
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