Debido proceso.
Empresa solicita declarar inaplicable normas que le impiden forzar acusación por delito de apropiación indebida, luego de que el Ministerio Público ejerciera la facultad de no perseverar.
Se excluye a la víctima de su legítimo derecho constitucional del ejercer la acción penal.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, los artículos 248, letra c); y 259 inciso final, ambos del Código Procesal Penal.
El primer precepto impugnado establece que “Practicadas las diligencias necesarias para la averiguación del hecho punible y sus autores, cómplices o encubridores, el fiscal declarará cerrada la investigación y podrá, dentro de los diez días siguientes: (…)” letra c) “Comunicar la decisión del ministerio público de no perseverar en el procedimiento, por no haberse reunido durante la investigación los antecedentes suficientes para fundar una acusación”.
Por su parte, la segunda disposición objetada indica que “La acusación sólo podrá referirse a hechos y personas incluidos en la formalización de la investigación, aunque se efectuare una distinta calificación jurídica”.
Te puede interesar

Con suspensión.
TC admitió a trámite inaplicabilidad que impugna norma que no concede apelación en contra de ciertas resoluciones judiciales que se pronuncian en Procedimientos Concursales de Reorganización y de Liquidación.

Debido proceso.
Empresa solicita declarar inaplicable normas en caso donde se ha requerido el desalojo de estacionamientos subterráneos que construyó y que actualmente opera.

En fallo dividido.
TC acogió inaplicabilidad que impugnó norma que impide recurrir sentencia que falla un recurso de nulidad en sede laboral dictada en un segundo juicio.

