Diario Constitucional

Primera sala.

Impugnan ante el TC norma que considera las remuneraciones pagadas al cónyuge como renta líquida imponible.

El requirente estimada vulneradas la garantía constitucional de igualdad ante la ley, al debido proceso y a la igual repartición de los tributos, entre otras.

Por Redacción·12 de noviembre de 2018·1 min de lectura
Impugnan ante el TC norma que considera las remuneraciones pagadas al cónyuge como renta líquida imponible.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 33, N° 1, letra b), de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

El precepto impugnado dispone: “Para la determinación de la renta líquida imponible, se aplicarán las siguientes normas. 1° Se agregarán a la renta líquida las partidas que se indican a continuación y siempre que hayan disminuido la renta líquida declarada: b) Las remuneraciones pagadas al cónyuge del contribuyente o a los hijos de éste, solteros menores de 18 años”.

La gestión pendiente incide en autos tributarios, seguidos ante el Tribunal Tributario y Aduanero de la Región del Bio Bio, conocida actualmente por la Corte Suprema vía recurso de casación en el fondo.

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