Segunda Sala.
Ingresó al TC inaplicabilidad deducida por Universidad de Concepción que impugna norma de Ley sobre Educación Superior que fundamentaría entrega de menos recursos a dicha institución educativa para año 2019.
La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de protección, seguidos ante la Corte de Santiago.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo trigésimo octavo, inciso quinto, transitorio, de la Ley 21.091, sobre Educación Superior.
El precepto impugnado establece, que “Con todo, el monto que corresponda transferir no podrá superar la suma de los aranceles reales y derechos básicos de matrícula de los estudiantes beneficiados”.
La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de protección, seguida ante la Corte de Apelaciones de Santiago, en los que la Universidad requirente solicita dejar sin efecto la actuación ilegal, arbitraria y desproporcionada que dispuso, unilateralmente, la entrega de menos recursos por concepto de financiamiento por gratuidad para el proceso académico 2019, en consideración a las otras Universidades.
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