Diario Constitucional

Segunda sala.

Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que establece exclusión temporal para contratar con el Estado a quienes tengan condenas laborales.

La gestión pendiente incide en autos civiles sobre juicio ordinario de nulidad de derecho público e indemnización de perjuicios.

Por Redacción·23 de noviembre de 2017·2 min de lectura
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que establece exclusión temporal para contratar con el Estado a quienes tengan condenas laborales.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, la oración final del artículo 4° inciso primero de la ley 19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.

El precepto impugnado establece: “Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común. Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal”.

La gestión pendiente incide en autos civiles sobre juicio ordinario de nulidad de derecho público e indemnización de perjuicios, seguidos ante el 24° Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago, en los que la requirente denuncia a la Dirección de Compras y Contratación Pública por excluirla del Registro Nacional de Proveedores.

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