Diario Constitucional

Principio de legalidad.

Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna normas del Código del Trabajo que disponen sanciones al empleador según la gravedad de la infracción y el tamaño de la empresa.

La gestión pendiente incide en autos sobre reclamo judicial de multa administrativa, seguido ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco, en actual conocimiento de la Corte de la misma ciudad, por recurso de nulidad.

Por Redacción·30 de octubre de 2020·2 min de lectura
Normas que impiden alegar abandono del procedimiento en el procedimiento de cobranza judicial de cotizaciones de seguridad social, se impugnan en el Tribunal Constitucional.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 208, en relación al artículo 506, del Código del Trabajo.

El primer precepto impugnado establece, en lo que interesa al recurso, que “Las infracciones a las disposiciones de este título se sancionarán con multa de catorce a setenta unidades tributarias mensuales en vigor a la fecha de cometerse la infracción, multa que se duplicará en caso de reincidencia”. Por su parte, la segunda disposición recurrida expresa, en síntesis, que aquellas infracciones al Código del Trabajo que no tengan señalada una sanción especial, serán sancionadas según la gravedad de la infracción y el tamaño de la empresa.

La gestión pendiente incide en autos sobre reclamo judicial de multa administrativa, seguido ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco, en actual conocimiento de la Corte de la misma ciudad, por recurso de nulidad, en los que la empresa requirente fue multada por haberse cometido una infracción ante la ausencia del trámite de desafuero de la trabajadora al tiempo de su despido.

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