Ley 19.880.
La exigencia de explicitar los hechos y fundamentos de derecho en acto que pone término a contrata de funcionario municipal, se solicita declarar inaplicable ante el Tribunal Constitucional.
La Municipalidad de Cholchol sostiene que intentar atacar el mérito del decreto alcaldicio de no renovación invade funciones propias tanto del alcalde, como del poder legislativo.

Se solicitó declarar inaplicable el artículo 11, inciso segundo, de la Ley N° 19.880, que establece la Ley de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de la Administración del Estado.
La disposición legal citada establece:
“Artículo 11. Principio de imparcialidad. La Administración debe actuar con objetividad y respetar el principio de probidad consagrado en la legislación, tanto en la substanciación del procedimiento como en las decisiones que adopte.
Temas
Te puede interesar

Código Procesal Penal.
Norma del Código Procesal Penal que impide recurrir en contra de la sentencia condenatoria más gravosa dictada en un nuevo juicio oral, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

Código Penal.
Norma que tipifica y sanciona como delito poner en peligro la salud de la población en el contexto de la pandemia, se impugna nuevamente ante el Tribunal Constitucional.

Con un voto de inadmisibilidad parcial.
Normas que regulan inhabilidades de testigos por vínculo de dependencia laboral en juicio de indemnización de perjuicios serán examinadas por el Tribunal Constitucional en sede de inaplicabilidad.

