Artículo 323.
Norma del Código del Trabajo que extiende beneficios de un contrato colectivo, se objeta ante el Tribunal Constitucional.
Infringiría el derecho a la libre contratación en materia laboral y el derecho a ejercer cualquier actividad económica.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, la parte final el inciso segundo del artículo 323 del Código del Trabajo, que dispone: “Al término de la vigencia del instrumento colectivo del sindicato al que estaba afiliado, el trabajador pasará a estar afecto al instrumento colectivo del sindicato al que se hubiere afiliado, de existir éste”.
El precepto legal impugnado está inserto dentro del artículo 323, que es del siguiente tenor:
“Art. 323.- Derecho a la libre afiliación y vinculación del trabajador con el instrumento colectivo. El trabajador podrá afiliarse y desafiliarse libremente de cualquier sindicato.
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Se pronunciará respecto del fondo.
TC declaró admisible inaplicabilidad que impugna norma en causa en la que se demanda a dos empresas para que sean declaradas un solo empleador.

Código del Trabajo.
Norma que restringe apelación de ciertas sentencias en procesos laborales se impugna ante el Tribunal Constitucional en sede de inaplicabilidad.

Se tuvo por no presentado.
TC no admite a trámite inaplicabilidad contra norma que faculta al juez para corregir de oficio los errores que observe en la tramitación del proceso.

