Se pronunciará respecto del fondo.
TC declaró admisible inaplicabilidad que impugna norma en causa en la que se demanda a dos empresas para que sean declaradas un solo empleador.
Infringiría la igualdad ante la ley, la libertad de trabajo y su protección, el derecho de propiedad.

La Segunda Sala del Tribunal Constitucional declaró admisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 3°, incisos cuarto, sexto y octavo del Código del Trabajo.
Los preceptos legales impugnados establecen: “Dos o más empresas serán consideradas como un solo empleador para efectos laborales y previsionales, cuando tengan una dirección laboral común, y concurran a su respecto condiciones tales como la similitud o necesaria complementariedad de los productos o servicios que elaboren o presten, o la existencia entre ellas de un controlador común”. (Inciso cuarto)
“Las empresas que cumplan lo dispuesto en el inciso cuarto serán solidariamente responsables del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emanadas de la ley, de los contratos individuales o de instrumentos colectivos”. (Inciso sexto).
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