Rechazo a norma inconstitucional
Norma que condiciona la devolución de los depósitos en la extinta Caja Central de Ahorros y Préstamos al decreto que apruebe de la cuenta, produce resultados contrarios a la Constitución.
La Ley N° 18.900 hizo desaparecer el sujeto obligado a restituir lo depositado (Caja Central de Ahorros y Préstamos), sustituyéndolo por el Fisco, y condicionó la existencia de la obligación al cumplimiento de una condición suspensiva meramente potestativa del deudor que no se ha cumplido y a la que se encuentra supeditado el pago de una obligación de restitución del dinero depositado, la que por su naturaleza debe ejercerse a voluntad del depositante y no del depositario. Los depositantes detentan un derecho de propiedad sobre un crédito cuyo ejercicio ha sido supeditado por un precepto que n

El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto de la frase *«a contar de la fecha de publicación del decreto aprobatorio de la cuenta»,*contenida en el artículo 5°, de la Ley N° 18.900, que pone término a la existencia de la Caja Central de Ahorros y Préstamos y a la autorización, de existencia de la Asociación Nacional de Ahorro y Préstamo.
La precitada disposición legal establece lo siguiente:
Artículo 5.- “Para todos los efectos legales, a contar de la fecha de publicación del decreto supremo aprobatorio de la cuenta, serán de cargo fiscal las obligaciones de la Caja y de la Asociación que no alcanzaren a quedar cubiertas por el producido de las liquidaciones, debiendo consultarse los fondos necesarios en el presupuesto de la Nación, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 21, del decreto ley N° 1.263, de 1975” (Art. 5, Ley N° 18.900).
Temas
Te puede interesar

Corte rechaza inaplicabilidad
Norma procesal penal que concede apelación ante la Corte Suprema contra sentencia que rechaza la petición de desafuero, produce resultados contrarios a la Constitución.

Requerimiento de inaplicabilidad.
Norma que condiciona el pago de las obligaciones de la Caja de Ahorros y Préstamos asumidas por el Fisco a la publicación del derecho que apruebe la cuenta, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

Ley N° 18.900.
Norma que sujeta el pago de los ahorros depositados en el SINAP a la aprobación de la cuenta por el Presidente de la República, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.

