Requerimiento de inaplicabilidad.
Norma que exigía hacerse parte ante el tribunal superior, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
La requirente alegó que la Corte Suprema ha declarado desiertos recursos de casación basándose en una norma derogada, impidiendo revisar el fondo de los casos.

Se solicitó declarar inaplicable por inconstitucional el antiguo artículo 200 del Código de Procedimiento Civil, norma que establecía la carga procesal que pesaba sobre el apelante de comparecer ante el tribunal superior, haciéndose parte del recurso dentro del plazo de cinco días.
El precepto legal impugnado establece lo siguiente:
“Artículo 200.- Las partes tendrán el plazo de cinco días para comparecer ante el tribunal superior a seguir el recurso interpuesto, contado este plazo desde que se reciban los autos en la secretaría del tribunal de segunda instancia.
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Incidente de abandono del procedimiento acogido.
La Ley 21.226 no suspendió la carga procesal de encomendar las notificaciones de las resoluciones que se dicten en el proceso.

Carga procesal.
Incidente de abandono del procedimiento rechazado. El demandante se encontraba eximido del impulso procesal, porque la causa estaba en estado de resolver las excepciones opuestas.

Con voto en contra.
CS rechaza incidente de abandono del procedimiento. La notificación del llamado a conciliación a una de las partes es una gestión útil para dar curso progresivo a los autos.

