Requerimiento de inaplicabilidad.
Norma que faculta al acreedor a adjudicarse por los dos tercios de la tasación los bienes inmuebles en subasta pública, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
La norma legal impugnada produce resultados contrarios a la igualdad ante la ley, a la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos, al debido proceso, al derecho de propiedad y al contenido esenciales de los derechos que se denuncian infringidos, sostiene la requirente.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 499 del Código de Procedimiento Civil.
La precitada disposición legal establece:
“Artículo 499. Si no se presentan postores en el día señalado, podrá el acreedor solicitar cualesquiera de estas dos cosas, a su elección:
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Requerimientos de inaplicabilidad rechazados con votos en contra.
Norma que impide declarar el abandono del procedimiento en procesos de ejecución laboral, no produce resultados contrarios a la Constitución en la gestión pendiente.

