Diario Constitucional

Derecho al recurso.

Norma que impide recurrir de nulidad en contra de la segunda sentencia condenatoria penal, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.

La requirente estima que la limitación a su derecho al recurso produce diversos efectos inconstitucionales.

Por Redacción·21 de marzo de 2023·5 min de lectura
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Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 387, inciso segundo, del Código Procesal Penal.

El precepto legal impugnado establece:

“Improcedencia de recursos. La resolución que fallare un recurso de nulidad no será susceptible de recurso alguno, sin perjuicio de la revisión de la sentencia condenatoria firme de que se trata en este Código.

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