Diario Constitucional

Inaplicabilidad rechazada con votos en contra.

Norma que no concede el recurso de apelación en contra de sentencia que rechaza incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de notificación en juicio de cobranza laboral, no produce resultados contrarios a la Constitución.

El derecho a la impugnación de las sentencias -el derecho al recurso-, no implica un derecho a un recurso en concreto, de modo tal que, establecida la posibilidad de revisión, el legislador es libre para determinar el modo y los procedimientos para lograrla. La decisión de sustituir o modificar el sistema de acciones y recursos respecto de las decisiones judiciales constituye una problemática del legislador, no siendo resorte de esta Magistratura alterar o crear recursos nuevos.

Por Redacción·04 de octubre de 2023·5 min de lectura
imagen: abogacia.es
Referencial

Con votos en contra, el Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, que impugnó el artículo 472 del Código del Trabajo.

La norma legal impugnada establece lo siguiente:

“Artículo 472. Las resoluciones que se dicten en los procedimientos regulados por este Párrafo serán inapelables, salvo lo dispuesto en el artículo 470”.

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