Ley N° 19.664.
Norma que obliga a médico a reembolsar gastos originados por el no cumplimiento de sus obligaciones contraídas a raíz de su beca de especialización, se impugna ante el Tribunal Constitucional en sede de inaplicabilidad.
El requirente estima que se le imponen sanciones muy gravosas sin atender a las circunstancias del caso particular, vulnerando sus garantías constitucionales.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 12, inciso segundo, de la Ley N° 19.664, que establece normas especiales para profesionales funcionarios que indica de los Servicios de Salud y modifica la Ley N° 15.076.
El precepto legal citado establece:
“El profesional que no cumpla con esta obligación deberá reembolsar los gastos originados con motivo de la ejecución de los programas y aquellos derivados del incumplimiento para lo cual constituirá una garantía equivalente a estos gastos incrementados en el 50%, cuando corresponda. El profesional que no cumpla su obligación deberá, además, indemnizar los perjuicios causados por su incumplimiento. Además, quedará impedido de reingresar a la Administración del Estado hasta por un lapso de seis años”. (Art. 12, inciso segundo).
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