Propiedad Industrial.
Norma que permite a la Administración crear denominaciones de origen en industria vitivinícola es impugnada en el Tribunal Constitucional.
El requirente estima que siendo idéntico el signo “Los Lingues” como denominación de origen para identificar vinos con el de su marca registrada para iguales productos, se diluye su registro.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 27, inciso primero, de la Ley N° 18.455, que fija normas sobre producción, elaboración y comercialización de Alcoholes Etílicos, Bebidas Alcohólicas y Vinagres.
La citada disposición legal establece:
“El Presidente de la República, por decreto supremo expedido a través del Ministerio de Agricultura, podrá establecer Zonas Vitícolas y denominaciones de origen de vinos y destilados en determinadas áreas del país cuyas condiciones de clima, suelo, variedad de vides, prácticas culturales y enológicas sean homogéneas”.
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