Diario Constitucional

Derecho al recurso.

Norma que restringe el recurso de casación en el fondo para reclamar contra una sentencia interlocutoria que no pone término al juicio o hace imposible su continuación, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

El requirente alega que la restricción recursiva resulta arbitraria, vulnerando su derecho a la igualdad ante la ley y al debido proceso.

Por Redacción·11 de agosto de 2022·2 min de lectura
Fuente: Agencia Uno
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, la frase “cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación”, contenida en el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil.

El precepto legal citado establece:

“El recurso de casación en el fondo tiene lugar contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas por Cortes de Apelaciones o por un tribunal arbitral de segunda instancia constituido por árbitros de derecho en los casos en que estos árbitros hayan conocido de negocios de la competencia de dichas Cortes, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia”. (Art. 767).

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