Con voto en contra.
Normas de la Ley de Transparencia que obligan a Carabineros a entregar registros de cámaras corporales y le impiden reclamar de la resolución del CPLT ante la Corte de Apelaciones, se declaran inaplicables por el Tribunal Constitucional.
Los preceptos impugnados amplían excesivamente el acceso a la información, considerando como pública información que no lo es, e infringen la garantía constitucional del debido proceso.

El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, y declaró inaplicable para resolver la gestión pendiente los artículos 5, inciso segundo, y 28, inciso segundo, de la Ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública.
Los preceptos legales declarados inaplicables establecen:
“Asimismo, es pública la información elaborada con presupuesto público y toda otra información que obre en poder de los órganos de la Administración, cualquiera sea su formato, soporte, fecha de creación, origen, clasificación o procesamiento, a menos que esté sujeta a las excepciones señaladas”. (Art. 5, inciso segundo).
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