Diario Constitucional

Ley sobre Acceso a la Información Pública.

Normas que contemplan el acceso a la información pública se objetan ante el Tribunal Constitucional.

El Consejo Para la Transparencia obligó a la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño a entregar información de la requirente.

Por Redacción·01 de septiembre de 2021·3 min de lectura
TC declaró admisible inaplicabilidad que impugna norma del Código del Trabajo que niega apelación de ciertas resoluciones que se dicten en juicio de cobranza laboral.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable por inconstitucional los artículos 5°, inciso segundo; 10, inciso segundo; y 11, letras b) y c), de la Ley N°20.285, sobre Acceso a la Información Pública.

Los preceptos impugnados establecen: “Artículo 5. Asimismo, es pública la información elaborada con presupuesto público y toda otra información que obre en poder de los órganos de la Administración, cualquiera sea su formato, soporte, fecha de creación, origen, clasificación o procesamiento, a menos que esté sujeta a las excepciones señaladas”.

“Artículo 10. El acceso a la información comprende el derecho de acceder a las informaciones contenidas en actos, resoluciones, actas, expedientes, contratos y acuerdos, así como a toda información elaborada con presupuesto público, cualquiera sea el formato o soporte en que se contenga, salvo las excepciones legales”.

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