Diario Constitucional

En sede de inaplicabilidad.

Normas que facultan a la autoridad sanitaria aplicar multas por infracciones al Código Sanitario, sus reglamentos y resoluciones que dicten autoridades de salud, será examinada por el Tribunal Constitucional.

Los requirentes estiman que la potestad sancionatoria de la autoridad, en el caso concreto, es excesiva y contraria a los principios de legalidad y proporcionalidad.

Por Redacción·18 de abril de 2022·7 min de lectura
Norma que limita las excepciones que pueden oponer las Sociedades de Garantía Recíproca en la ejecución de deudas que constan en certificados de fianza, no produce efectos contrarios a la Constitución, resuelve el Tribunal Constitucional.
Referencial

La Primera Sala del Tribunal Constitucional declaró admisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 163, 166, 167 y 174 del Código Sanitario.

Las disposiciones legales citadas establecen:

“Cuando se trate de sumarios iniciados de oficio, deberá citarse al infractor después de levantada el acta respectiva. La persona citada deberá concurrir el día y horas que se señale, con todos sus medios probatorios. En caso de inasistencia, tendrá lugar lo dispuesto en el artículo 158 del presente Código”. (Art. 163).

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