Diario Constitucional

Segunda Sala.

Nuevamente pretenden inaplicabilidad de norma que permitiría sancionar a infractor del Código del Trabajo con montos variables según tamaño de la empresa.

La gestión pendiente incide en autos laborales, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, en actual conocimiento de la Corte de Antofagasta, por recurso de nulidad laboral.

Por Redacción·11 de abril de 2020·2 min de lectura
Nuevamente pretenden inaplicabilidad de norma que permitiría sancionar a infractor del Código del Trabajo con montos variables según tamaño de la empresa.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 506, del Código del Trabajo.

El precepto impugnado establece, en lo que interesa al recurso, que “Las infracciones a este Código y sus leyes complementarias, que no tengan señalada una sanción especial, serán sancionadas de conformidad a lo dispuesto en los incisos siguientes, según la gravedad de la infracción. Para la micro empresa y la pequeña empresa, la sanción ascenderá de 1 a 10 unidades tributarias mensuales. Tratándose de medianas empresas, la sanción ascenderá de 2 a 40 unidades tributarias mensuales. Tratándose de grandes empresas, la sanción ascenderá de 3 a 60 unidades tributarias mensuales”.

La gestión pendiente incide en autos laborales, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, en actual conocimiento de la Corte de Antofagasta, por recurso de nulidad laboral, en los que la Universidad requirente fue sancionada por 60UTM por la Inspección del Trabajo, en virtud de una infracción laboral.

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