Ley Nº21.330.
Nuevamente se impugna ante el Tribunal Constitucional la disposición transitoria de la Constitución que permite el retiro anticipado de rentas vitalicias.
La requirente estima que la preceptiva legal impugnada conculca flagrantemente su derecho de propiedad.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, los incisos 12º, 13º y 14º del único artículo de la Ley Nº 21.330, que modifica la Carta Fundamental, para establecer y regular un mecanismo excepcional de retiro de fondos previsionales y anticipo de rentas vitalicias, en las condiciones que indica.
Esta impugnación sigue a otras que fueron ingresadas con anterioridad.
La quincuagésima disposición transitoria de la Constitución Política de la República que se impugna establece:
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Comentarios (2)
Eduardo El refrán “Hoy por ti, mañana por mí” es un dicho popular basado en los valores de la amistad, la solidaridad y, muy especialmente, la reciprocidad. El refrán da a entender la disponibilidad de una persona para ayudar a alguien con quien tiene una relación amistosa, y que en el futuro espera contar con su apoyo.
Eduardo La corrupción política se refiere a los actos delictivos cometidos por funcionarios y autoridades públicas que abusan de su poder e influencian a realizar un mal uso intencional de los recursos .Y crear leyes que favorecen algunos.No más «Rentas vitalicia» .
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Con disidencia y prevención.
TC declaró admisible inaplicabilidad que impugna normas de disposición transitoria de la Constitución que permite anticipo de rentas vitalicias.

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Reforma Constitucional.
TC admitió a trámite inaplicabilidad que impugna Disposición Transitoria de la Constitución que permite anticipo de rentas vitalicias que es objetada por Compañía de Seguros.

