Diario Constitucional

Tema

#administradoras de fondos de pensiones

imagen: elespectador.com

Corte Constitucional de Colombia.

Entidades previsionales deben abstenerse de exigir requisitos complementarios a personas de distinta orientación sexual que realizan trámites para cobrar la pensión de un conviviente fallecido.

Las Administradoras de Fondos de Pensiones se encuentran facultadas para imponer ciertos requisitos al momento de reconocer derechos, aunque estos no pueden convertirse en obstáculos insuperables, que se traduzcan en un pretexto para desconocer derechos fundamentales.

30 de agosto de 2022

Imagen: revistaempresarial.com

La Superintendencia de Pensiones está en la obligación de dar cumplimiento al principio de transparencia de la función pública.

Corte de Apelaciones de Santiago rechazó los reclamos de ilegalidad presentados por administradoras de fondos de pensiones en contra del CPLT que ordenó a la Superintendencia de Pensiones entregar información sobre los manuales destinados a regular la forma en que los afiliados pueden obtener el pago de beneficios.

El Tribunal de alzada estableció que la información solicitada a la Superintendencia de Pensiones es de carácter público y no se encuentra cubierta por causal de reserva legal.

14 de abril de 2021