Derecho de propiedad.
Persona que padece de cáncer gástrico solicita se declare inaplicable norma de Ley General de Cooperativas, en caso en el que se le negó la devolución de sus cuotas de participación de Cooperativa de Ahorro y Crédito.
La gestión pendiente incide en proceso sobre recurso de protección, seguido ante la Corte de Valparaíso, en actual apelación para ante Corte Suprema.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 19 bis del D.F.L. N° 5, que fija texto refundido, concordado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas.v
El precepto impugnado establece, en lo que interesa al recurso que “Tratándose de las cooperativas de ahorro y crédito, en ningún caso podrán devolverse cuotas de participación sin que se hubieren enterado en la cooperativa previamente aportes de capital por una suma al menos equivalente al monto de las devoluciones requeridas por causa legal, reglamentaria o estatutaria, que las haga exigibles o procedentes. Dichos pagos serán exigibles y deberán efectuarse atendiendo estrictamente a la fecha en que tenga lugar la circunstancia que los causa, teniendo preferencia para su cobro el socio disidente. La cooperativa no podrá efectuar, directa o indirectamente, repartos de remanentes o de excedentes, devoluciones de los montos enterados por sus socios a causa de la suscripción de cuotas de participación o pago de intereses al capital, si por efecto de dichos repartos, devoluciones o pagos infringiera las disposiciones que establezca el Consejo del Banco Central de Chile al efecto”.
La gestión pendiente incide en proceso sobre recurso de protección, seguido ante la Corte de Valparaíso, en actual apelación para ante Corte Suprema, en el que el requirente, una persona de tercera edad que padece de cáncer gástrico, solicita la devolución de sus cuotas de participación de una Cooperativa de Ahorro y Crédito, obteniendo una respuesta negativa.
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