Diario Constitucional

Derecho al recurso.

TC acogió inaplicabilidad que impugna norma del CPC que restringe casación en la forma, en juicio en que una Constructora fue demandada por el SERNAC.

La sentencia señala que no aparece justificado, entonces, que se restrinja la procedencia del recurso de casación en la forma y, de este modo, se excluyan (ni siquiera parcialmente) causales destinadas a corregir vicios sustanciales del procedimiento o que se encuentran contenidos en la sentencia.

Por Redacción·11 de marzo de 2021·7 min de lectura
Imagen: 24horas.cl
Referencial

El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucional, respecto del artículo 768, inciso segundo, del Código de Procedimiento Civil.

El precepto impugnado establece, en lo que interesa al recurso, que “En los negocios a que se refiere el inciso segundo del artículo 766 sólo podrá fundarse el recurso de casación en la forma en alguna de las causales indicadas en los números 1º, 2º, 3º, 4º, 6º, 7º y8º de este artículo y también en el número 5º cuando se haya omitido en la sentencia la decisión del asunto controvertido”.

La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de casación en la forma y en el fondo, seguido ante la Corte Suprema, en los que la Constructora requirente fue demandada por el SERNAC en juicio colectivo por Ley del Consumidor.

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