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Pretenden inaplicabilidad de norma que prohíbe a médico trabajar en sector privado, lo que vulneraría garantías de igualdad ante la ley y libertad de trabajo.

La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de protección, seguido ante la Corte de Santiago.

Por Redacción·05 de agosto de 2020·2 min de lectura
Pretenden inaplicabilidad de norma que prohíbe a médico trabajar en sector privado, lo que vulneraría garantías de igualdad ante la ley y libertad de trabajo.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 2º bis, inciso segundo, de la Ley N° 20.261, que crea examen único nacional de conocimientos de medicina.

El precepto impugnado establece en lo que interesa al recurso, que “Con todo, el ejercicio de su profesión quedará limitado al de la especialidad o subespecialidad que le fuere certificada, y sólo para el sector público”.

La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de protección, seguido ante la Corte de Santiago, en los que la requirente interpuso dicha acción en contra de la Superintendencia de Salud (en adelante, la “Superintendencia”), en particular, en contra del acto arbitrario consistente en haber restringido su ejercicio profesional de la medicina solo al sector público, en su certificado de inscripción en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud.

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