Segunda Sala.
Pretenden inaplicabilidad que impugna norma del Código del Trabajo en juicio en contra de una Universidad.
La gestión pendiente incide en proceso sobre tutela de derechos fundamentales y demanda subsidiaria de despido injustificado, seguido ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de la misma ciudad, por recurso de apelación.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 453, N° 1, inciso cuarto, del Código del Trabajo.
El precepto impugnado establece, en lo que interesa al recurso, que “…Una vez evacuado el traslado por la parte demandante, el tribunal deberá pronunciarse de inmediato respecto de las excepciones de incompetencia, de falta de capacidad o de personería del demandante, de ineptitud del libelo, de caducidad, de prescripción o aquélla en que se reclame del procedimiento, siempre que su fallo pueda fundarse en antecedentes que consten en el proceso o que sean de pública notoriedad.”.
La gestión pendiente incide en proceso sobre tutela de derechos fundamentales y demanda subsidiaria de despido injustificado, seguido ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de la misma ciudad, por recurso de apelación, en los que la requirente demanda a la Universidad Adolfo Ibáñez.
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