Control preventivo y obligatorio.
Proyecto de ley que establece un nuevo estatuto de protección a favor del denunciante de actos contra la probidad administrativa, será examinado por el Tribunal Constitucional.
Establece normas para proteger al denunciante de hechos, faltas administrativas y delitos, a fin de resguardar la probidad administrativa.

La Cámara de Diputadas y Diputados remitió a la Magistratura Constitucional el proyecto de ley que establece un nuevo estatuto de protección a favor del denunciante de actos contra la probidad administrativa, correspondiente a los Boletines 13.115-06 y 13.565-07 (refundidos), a fin de que ejerza el control de constitucionalidad respecto de la letra a) del artículo 1 y de los artículos 3, 5, 9, 10, 12, 13 y del número 2 del artículo 20 del proyecto de ley.
La iniciativa tuvo su origen en una moción presentada por las diputadas Karin Luck, Andrea Parra, Joanna Pérez y Marcela Hernando; y de los diputados Bernardo Berger, Manuel Monsalve, René Saffirio, Raúl Saldívar, Leonardo Soto y Renzo Trisotti, ingresada a tramitación en diciembre de 2019.
El proyecto de ley establece un canal de denuncias en una plataforma electrónica administrada por la Contraloría General de la República, para que cualquier persona pueda denunciar hechos constitutivos de infracciones disciplinarias o faltas administrativas, incluyendo, entre otros, delitos constitutivos de corrupción o que afecten o puedan afectar bienes o recursos públicos en los que tuviera participación personal o un organismo de la Administración del Estado.
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