Diario Constitucional

Ley N°19.664.

Sanción de inhabilidad para postular a ser contratado por la Administración del Estado por 6 años si el profesional no cumple la beca de especialización médica, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

El requirente alega que el incumplimiento no le es imputable y que la aplicación del precepto legal infringe sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley, del debido proceso, la propiedad y la seguridad jurídica.

Por Redacción·02 de noviembre de 2022·3 min de lectura
Norma que restringe la procedencia del recurso de apelación en procedimientos ante Juzgados de Policía Local, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucionalidad, el segundo inciso del artículo 12 de la Ley N°19.664, que establece normas especiales para profesionales funcionarios que indica de los servicios de salud y modifica la Ley N° 15.076.

El precepto legal impugnado establece:

“El profesional que no cumpla con esta obligación deberá reembolsar los gastos originados con motivo de la ejecución de los programas y aquellos derivados del incumplimiento, para lo cual constituirá una garantía equivalente a estos gastos incrementados en el 50%, cuando corresponda. El profesional que no cumpla su obligación deberá, además, indemnizar los perjuicios causados por su incumplimiento. Además, quedará impedido de reingresar a la Administración del Estado hasta por un lapso de seis años”. (Artículo 12, inciso segundo, Ley N°19.664).

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