Infringiría el debido proceso.
Solicitan declarar inaplicable norma que concede el recurso de apelación de resoluciones dictadas contra el demandado en los juicios ejecutivos y sumarios sólo en el efecto devolutivo.
A pesar de que se puede obtener un resultado favorable en el recurso de apelación, este pierde toda eficacia, al producirse de todas maneras los perjuicios generados por la ejecución de la sentencia.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 194, N°1, del Código de Procedimiento Civil.
El precepto impugnado establece, en lo pertinente, que “Sin perjuicio de las excepciones expresamente establecidas en la ley, se concederá apelación sólo en el efecto devolutivo: 1° De las resoluciones dictadas contra el demandado en los juicios ejecutivos y sumarios”.
La gestión pendiente incide en un proceso ejecutivo seguido ante un Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago, en el cual se demandó el cobro ejecutivo de facturas por un monto de $250.572.916 millones de pesos, el que estaría asociado a un contrato de Ingeniería, Aprovisionamiento de Materiales y Construcción de Obras.
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