Derecho al honor.
Supremo Tribunal Federal de Brasil condenó a un año de prisión al diputado Eder Mauro (PSD-PA) por difamación en redes sociales contra exdiputado.
El máximo Tribunal brasileño adujo que la publicación se hizo intencionalmente, para atribuir al exdiputado una conducta gravísima (la práctica del prejuicio racial y social).

El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil condenó al diputado Eder Mauro (PSD-PA) por el delito de difamación agravada cometido contra el exdiputado federal Jean Wyllys (PSOL-RJ).
Los Ministros entendieron que Mauro, de manera fraudulenta, adulteró y publicaron en Facebook un discurso de Wyllys para dar a entender que el exdiputado tendría prejuicios contra los negros y los pobres.
Luego, el máximo Tribunal de Brasil fijó la pena de un año de prisión, en régimen abierto, más una multa de 36 días por el monto del salario mínimo por día establecido, para ser revertido al fondo de prisión. También por mayoría, la pena privativa de libertad fue sustituida por la prestación pecuniaria (artículo 45, párrafo 1, del Código Penal), consistente en el pago de 30 salarios mínimos a la víctima. Este monto se fijó como monto mínimo para reparar los daños ocasionados por la infracción. En ambos casos resultó derrotado el ministro Marco Aurélio, quien no estuvo de acuerdo con la imposición del régimen abierto ni con la sustitución de la privación de libertad.
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