Diario Constitucional

Control Obligatorio.

TC se pronuncia respecto de constitucionalidad de Proyecto de Ley que establece la Ley Nacional del Cáncer.

Los Ministros Aróstica y Vásquez previenen que concurren a la sentencia, en el sentido que la norma del PDL examinado que crea una Comisión Asesora dentro de la estructura del Ministerio de Salud, no reviste el carácter de LOC.

Por Redacción·22 de agosto de 2020·3 min de lectura
TC se pronuncia respecto de constitucionalidad de Proyecto de Ley que establece la Ley Nacional del Cáncer.
Referencial

El Tribunal Constitucional se pronunció respecto del control de constitucionalidad del Proyecto de Ley que establece la Ley Nacional del Cáncer (Boletín N° 12.292-11), en específico de los artículos 9, 10, 11 y 15 letra d).

En la sentencia, se determina que sólo tiene naturaleza de LOC, la disposición prevista en el artículo 15 letra d), del proyecto de ley, por cuanto reglamenta los aportes y recursos que constituirán el Fondo Nacional del Cáncer, creado mediante el artículo 14 de la iniciativa legal, estableciendo que por decisión de los respectivos Consejos Regionales, se podrá asignar recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional que correspondan a la Región, para proyectos de investigación, adquisición de medicamentos, insumos o equipamientos, formación o capacitación.

Así, la norma incide en el ámbito que la Constitución ha reservado a la LOC en su artículo 11, inciso cuarto. Conforme fue asentado en la STC Rol N° 324, c. 10° y, entre otras, en las STC Roles N° 700, c. 7°; 3195, c. 10°; y 4214, c. 18°, son materia de LOC las normas que conceden nuevas atribuciones a los consejos regionales, como sucede en el examen de autos, a propósito de la asignación de recursos.

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