Competencia Estado Federal.
Supremo Tribunal Federal de Brasil declara inconstitucional ley de Río de Janeiro que autorizaba suspensión de cobranza del Poder Ejecutivo a préstamos efectuados a funcionarios públicos.
La ley estadual autorizaba al Poder Ejecutivo a suspender, por un período de 120 días, el cobro de créditos nómina contratados por funcionarios públicos estatales y prohibía la incidencia de intereses y multas durante el estado de calamidad pública resultante de la pandemia de coronavirus.

El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil declaró inconstitucional ley de Río de Janeiro que autorizaba suspensión de cobranza del Poder Ejecutivo a préstamos efectuados a funcionarios públicos.
La ley estadual autorizaba al Poder Ejecutivo a suspender, por un período de 120 días, el cobro de créditos nómina contratados por funcionarios públicos estatales y prohibía la incidencia de intereses y multas durante el estado de calamidad pública resultante de la pandemia de coronavirus.
La decisión unánime se dictó en la sentencia de Acción Directa de Inconstitucionalidad (ADI), interpuesta por la Confederación Nacional del Sistema Financiero (Consif) en contra de la Ley del Estado 8.842 / 2020.
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