Diario Constitucional

No existe duda de la filiación.

TC acoge inaplicabilidad que impugna norma que establece el derecho a reclamar la filiación respecto de padres muertos, respecto de causa en que hija no matrimonial también ha fallecido.

La decisión fue acordada con el voto en contra de los Ministros Aróstica y Vásquez, quienes estuvieron por rechazar el requerimiento, en consideración que la fundamentación para la disposición cuestionada se encuentra en una finalidad legítima y atendible de resguardo.

Por Redacción·27 de marzo de 2021·6 min de lectura
Imagen: feepik.es
Referencial

El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, respecto del artículo 5° transitorio, inciso tercero, de la Ley N° 19.585, que modifica el Código Civil y otros cuerpos legales en materia de filiación.

La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de apelación, seguidos ante la Corte de Valparaíso, contra la sentencia del Juzgado de Familia de Villa Alemana que rechazó la demanda de reclamación de maternidad, en la que se solicitaba que se declarara la calidad de hija (muerta) no matrimonial respecto de madre fallecida.

La Corte requirente estima que la norma impugnada permitiría una discriminación arbitraria de la demandante en relación con aquellas personas que demandan la reclamación de maternidad respecto de progenitores que a la época de entrada en vigencia de la Ley N° 19.585 no habían fallecido. Así, limita de manera injustificada el plazo para ejercer las acciones de filiación, toda vez que de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 195 del Código Civil el derecho de reclamar la filiación es imprescriptible e irrenunciable.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.