Con votos disidentes.
TC acogió inaplicabilidad que impugnó norma que incide en caso que pretendía obtener información sobre uso de antibióticos por parte de salmoneras.
La gestión pendiente invocada recae sobre recurso de queja conocido por la Corte Suprema.

El TC acogió un requerimiento de inaplicabilidad que impugnó el inciso 2° del artículo 5 de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a Información Pública.
La gestión pendiente invocada recae sobre recurso de queja conocido por la Corte Suprema, en contra de la resolución que resuelve el reclamo de ilegalidad deducido ante la Corte de Apelaciones de Santiago.
En su sentencia, expone en síntesis la Magistratura Constitucional que, tal como se ha sostenido en las STC roles N°s 2246/2012, 2153/2013, 2379/2013 2907/2016, la Ley de Transparencia introduce el concepto de información. Esta expresión, como ya lo señaló esta Magistratura (STC Rol N° 1990/2012), no la usa la Constitución. En cambio, la Ley N° 20.285, por la que se aprueba la Ley de Transparencia, la utiliza en abundancia, desde el título de la ley misma (“Sobre acceso a la información pública”) hasta en una serie de disposiciones. Baste señalar que el derecho de acceso es definido como “solicitar y recibir información” (artículo 10, inciso primero).
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Con disidencia.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que impide a procesado retractarse de su declaración y que incidiría en proceso por violación a Derechos Humanos.

Con voto disidente.
TC se pronunciará respecto del fondo de inaplicabilidad que impugna normas sobre remoción de administrador de Tribunal que afectarían principio de non bis in ídem.

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