Con disidencia.
TC acogió requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba norma del Código Civil y de la Ley N° 19.585 referida al plazo para ejercer la acción de filiación.
“esta última expresión (que el ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana) significa que los hombres son titulares de derechos por el hecho de ser tales, sin que sea menester que se aseguren constitucionalmente para que gocen de la protección constitucional.”

El TC acogió un requerimiento de inaplicabilidad que impugnó el artículo 206 del Código Civil y los incisos tercero y cuarto del artículo 5° transitorio de la Ley N° 19.585.
La gestión pendiente invocada incidía en un recurso de casación en la forma y de apelación que conoce la Corte de Apelaciones de Santiago, mediante los cuales se pretende anular o revocar, respectivamente, la sentencia dictada por un Juzgado de Familia que desestimó una demanda de repudiación y reclamación de filiación por la aplicación de los plazos contenidos en las normas impugnadas, a pesar de que el referido tribunal había llegado a la convicción de que los demandantes eran hijos de quien aparece como padre biológico.
En su sentencia, la Magistratura Constitucional expresó, en torno al artículo 206 del Código Civil, que este precepto ha sido declarado inaplicable en pronunciamientos anteriores de este Tribunal (v.gr., en la sentencia Rol N° 1340) por resultar las limitaciones en él contenidas inconciliables con el derecho a la igualdad ante la ley (consagrado en el numeral 2° del artículo 19 constitucional) y con el derecho a la identidad, proclamado por diversos tratados internacionales suscritos y ratificados por Chile y actualmente vigentes en nuestro país, así como implícito en el concepto de dignidad humana consagrado en el artículo 1° de la Constitución.
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Primera sala.
TC deberá pronunciarse si admite a trámite requerimientos de inaplicabilidad que impugnan normativa sobre jornada laboral del transporte.

No es un precepto legal.
TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba Auto Acordado sobre Procedimiento para investigar responsabilidad disciplinaria de jueces y fiscales judiciales.

Sin fundamento plausible.
TC declaró inadmisibles inaplicabilidades que impugnaban normas del D.L. 2695, sobre regularización de la posesión de la pequeña propiedad raíz.

