Segunda sala.
TC admite a trámite inaplicabilidad que impugna normas que establecen arbitraje forzoso para resolver diferencias entre socios de una sociedad anónima cerrada.
Para el caso que se declare admisible, le corresponderá al Tribunal Pleno emitir un pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

El Tribunal Constitucional admitió a trámite el requerimiento de inaplicabilidad respecto del artículo 227 N° 4°) del Código Orgánico de Tribunales y el artículo 105 inciso segundo de la Ley sobre Sociedades Anónimas.
La gestión pendiente incide en autos de apelación de reclamo de ilegalidad, de que conoce la Corte Suprema.
Al efecto, cabe recordar que los requirentes aducen, en síntesis, que los preceptos impugnados infringen el debido proceso, pues la imposición de un arbitraje forzoso, habida cuenta de su estado de precariedad económica, les impide ejercer su derecho a tutela judicial. Asimismo, estiman que vulneran la igualdad ante la ley, ya que, si bien cualquier socio o accionista de cualquier tipo de sociedad puede solicitar la disolución de su sociedad por la vía judicial, aquellos que opten por un régimen de Sociedad Anónima y que detenten más del 20% de las acciones podrán accionar, pero aquellos que no posean esa cantidad de acciones se encontrarán en la más absoluta indefensión frente a administradores o socios mayoritarios que dilapiden su patrimonio.
Te puede interesar

Primera sala.
Impugnan ante el TC norma sobre plantas de revisión técnica que incidiría en caso en que se sancionó administrativamente a una empresa caducándole una concesión.

Con voto en contra.
TC acogió inaplicabilidad que impugnaba normas que permitirían acceder a información sobre uso de antibióticos por salmoneras.

Primera sala.
Impugnan ante el TC norma que permite practicar requerimiento de pago por avisos y que afectaría defensa eficaz en procedimiento ejecutivo.

