Diario Constitucional

Segunda sala.

TC admitió a trámite inaplicabilidad que impugna norma sobre improcedencia de recursos contra sentencia de nulidad penal que transgrediría debido proceso.

La requirente estima que el precepto impugnado vulneraría el principio de supremacía constitucional, y los derechos a la igualdad y a la propiedad.

Por Redacción·07 de enero de 2019·1 min de lectura
TC admitió a trámite inaplicabilidad que impugna norma sobre improcedencia de recursos contra sentencia de nulidad penal que transgrediría debido proceso.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 387, inciso segundo, del Código Procesal Penal.

La disposición impugnada señala: “Tampoco será susceptible de recurso alguno la sentencia que se dictare en el nuevo juicio que se realizare como consecuencia de la resolución que hubiere acogido el recurso de nulidad. No obstante, si la sentencia fuere condenatoria y la que se hubiere anulado hubiese sido absolutoria, procederá el recurso de nulidad en favor del acusado, conforme a las reglas generales.”

La gestión pendiente incide en autos penales seguidos ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica.

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