Diario Constitucional

Delito mientras cumple condena.

TC deberá conocer sobre el fondo de inaplicabilidad que impugna norma que exige un impedimento absoluto para suspensión de juicio oral, respecto de causa sobre homicidio calificado a un reo.

Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

Por Redacción·25 de octubre de 2020·3 min de lectura
Norma que limita las excepciones que pueden oponer las Sociedades de Garantía Recíproca en la ejecución de deudas que constan en certificados de fianza, no produce efectos contrarios a la Constitución, resuelve el Tribunal Constitucional.
Referencial

El Tribunal Constitucional declaró admisible un requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, respecto de la expresión “en forma absoluta”, contenida en el artículo 9°, inciso segundo, de la Ley N° 21.226, que establece un régimen jurídico de excepción para los procesos judiciales, en las audiencias y actuaciones judiciales, y para los plazos y ejercicio de las acciones que indica, por el impacto de la enfermedad del Covid-19 en Chile.

La disposición cuestionada, exige para suspender la vista de una causa o de una audiencia penal, respecto de una persona privada de libertad, que el impedimento para la realización sea absoluto.

La gestión pendiente incide en autos penales, seguidos ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco, por presunto delito de homicidio calificado con alevosía; en los que el Tribunal, luego de la defensa plantear la oposición a realizar el juicio por vía remota o de forma semipresencial, resolvió realizar el Juicio Oral en modalidad semipresencial.

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