Diario Constitucional

“Vejación injusta”.

TC deberá pronunciarse si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma del Código Penal que no determinaría elemento del tipo.

La gestión pendiente incide en los autos penales que se encuentran en etapa de investigación y que conoce el Juzgado de Garantía de Valdivia.

Por Redacción·10 de junio de 2014·2 min de lectura
TC deberá pronunciarse si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma del Código Penal que no determinaría elemento del tipo.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 255 del Código Penal.

El precepto en cuestión dispone: “El empleado público que, desempeñando un acto del servicio, cometiere cualquier vejación injusta contra las personas o usare de apremios ilegítimos o innecesarios para el desempeño del servicio respectivo, será castigado con la pena de suspensión del empleo en cualquiera de sus grados y multa de once a veinte unidades tributarios mensuales”.

La gestión pendiente incide en los autos penales que se encuentran en etapa de investigación y que conoce el Juzgado de Garantía de Valdivia.

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