Diario Constitucional

Derecho a la identidad.

TC deberá pronunciarse si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma que restringe acción de reclamación de paternidad.

La gestión pendiente incide en autos sobre reclamación de paternidad seguidos ante el Juzgado de Familia de San Felipe.

Por Redacción·15 de marzo de 2016·1 min de lectura
TC deberá pronunciarse si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma que restringe acción de reclamación de paternidad.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el inciso 3° del artículo 5° de la ley N° 19.585.

La norma impugnada dispone: “No obstante, no podrá reclamarse la paternidad o maternidad respecto de personas fallecidas con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley”. Lo anterior se relaciona con la denominada acción de filiación del hijo póstumo.

La gestión pendiente invocada incide en un juicio de reclamación de la filiación seguido ante el Juzgado de Familia de San Felipe, el cual rechazó dar curso a la demanda, encontrándose dicha resolución en sede de apelación para ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso.

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