Diario Constitucional

Primera sala.

TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna normas sobre designación de procurador común y del CPP.

La gestión pendiente invocada recae sobre un proceso conocido por el 4° Juzgado de Garantía de Santiago, por los delitos de estafa, infracción a la ley de Bancos, lavado de activos.

Por Redacción·11 de julio de 2016·2 min de lectura
TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna normas sobre designación de procurador común y del CPP.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 19 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 370 del Código Procesal Penal.

El primer precepto legal impugnado dispone: “Si son dos o más las partes que entablan una demanda o gestión judicial y deducen las mismas acciones, deberán obrar todas conjuntamente, constituyendo un solo mandatario.

La misma regla se aplicará a los demandados cuando sean dos o más y opongan idénticas excepciones o defensas”.

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