No se encuentra razonablemente fundado.
TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma que permitiría el lanzamiento con fuerza pública.
La gestión pendiente incide en autos sobre juicio ordinario civil, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras de Rancagua, en actual conocimiento de la Corte de Rancagua por recurso de apelación.

El TC declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el artículo 1826 del Código Civil.
La gestión pendiente incide en autos sobre juicio ordinario civil, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras de Rancagua, en actual conocimiento de la Corte de Rancagua por recurso de apelación, en que el Banco de Chile demandó al requirente por cobro de pesos, posteriormente embargando y rematando la propiedad del mismo, concediendo el tribunal el lanzamiento con fuerza pública.
En su resolución, el TC sostuvo que en la especie concurre la causal de inadmisibilidad del numeral 6° del artículo 84 de la LOCTC, ya que la acción deducida no da cumplimiento a la exigencia constitucional y legal de encontrarse razonablemente fundada, toda vez que el requirente no fue capaz de consignar con claridad los motivos por los cuales sostiene la vulneración de los preceptos constitucionales que indica.
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