Diario Constitucional

No existe gestión pendiente.

TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma que restringe recurso de nulidad laboral contra sentencia dictada en segundo juicio laboral.

La gestión pendiente incide en un recurso de queja, de que conoce la Corte Suprema.

Por Redacción·07 de junio de 2018·1 min de lectura
TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma que restringe recurso de nulidad laboral contra sentencia dictada en segundo juicio laboral.
Referencial

El TC declaró derechamente inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba la parte final del inciso cuarto del artículo 482 del Código del Trabajo.

El precepto impugnado establece: “Tampoco, en contra de la sentencia que se dictare en el nuevo juicio realizado como consecuencia de la resolución que hubiere acogido el recurso de nulidad”.

La gestión pendiente incide en un recurso de queja, de que conoce la Corte Suprema, deducido por el requirente respecto a la sentencia que desestimó su demanda de indemnización del daño causado por actos que vulneraron sus derechos fundamentales, previamente declarado por sentencia en procedimiento de tutela laboral.

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