Diario Constitucional

Primera sala.

TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba normas del Código de Justicia Militar que generarían efectos contrarios a preceptos constitucionales.

La gestión pendiente incide en proceso penal seguido ante el Juzgado de Garantía de Iquique.

Por Redacción·02 de junio de 2019·1 min de lectura
TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba normas del Código de Justicia Militar que generarían efectos contrarios a preceptos constitucionales.
Referencial

El TC declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba los artículos 5°, numerales 1°, inciso primero y 3°, artículo 6°, inciso segundo, en cuanto señala que “se considerarán militares los soldados conscriptos”, y artículo 11, inciso segundo, todos, del Código de Justicia Militar.

La gestión pendiente incide en proceso penal seguido ante el Juzgado de Garantía de Iquique.

En su resolución, el TC señaló que, la Sala no aprecia “la aptitud del o de los preceptos legales objetadas para contrarias, en su aplicación al caso concreto, la Constitución”, pues la causa actualmente se encuentra sustanciada ante la justicia ordinaria; siendo que las alegaciones de inconstitucionalidad de la parte requirente podrían representarse eventualmente como un asunto constitucional, pero en le medida que la cuestión judicial estuviese sustanciándose ante la justicia militar, presupuesto que no concurre en los antecedentes de la presente causa.

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