Prisión provisional.
TC español desestimó recurso de amparo en contra de medida cautelar de prisión provisional.
En su sentencia, el pleno del TC aduce que las decisiones judiciales cuestionadas cumplen con las exigencias constitucionales de previsión legal, finalidad legítima y proporcionalidad.

El Tribunal Constitucional de España ha decidido desestimar el recurso de amparo presentado por una persona contra el Auto de 5 de enero de 2018, que confirmó el mantenimiento de la medida cautelar de prisión provisional comunicada y sin fianza dictada por Auto de 4 de diciembre de 2017.
Respecto a los hechos, el amparado argumentó que se han vulnerado los derechos fundamentales a la libertad ideológica (art. 16.1 CE) y de expresión (art. 20.1 CE), del derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE), en su vertiente de acceso al recurso, en el caso, a la doble instancia penal (art. 14.5 del Pacto internacional de derechos civiles y políticos), del derecho a la presunción de inocencia (art. 24.2 CE) y a la vida familiar.
En su sentencia, el pleno del TC aduce que las decisiones judiciales cuestionadas cumplen con las exigencias constitucionales de previsión legal, finalidad legítima y proporcionalidad.
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