Diario Constitucional

Segunda sala.

TC no admitió a trámite requerimiento de inaplicabilidad que impugna norma del CPP referida al sobreseimiento definitivo cuando no se acusare al imputado dentro de plazo.

La gestión pendiente invocada incide en un recurso de queja interpuesto en contra de los ministros de la Novena sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, de que conoce la Corte Suprema.

Por Redacción·22 de agosto de 2011·1 min de lectura
TC no admitió a trámite requerimiento de inaplicabilidad que impugna norma del CPP referida al sobreseimiento definitivo cuando no se acusare al imputado dentro de plazo.
Referencial

El TC no admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el inciso 5° del artículo 247 del Código Procesal Penal. La gestión pendiente invocada incide en un recurso de queja interpuesto en contra de los ministros de la Novena sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, de que conoce la Corte Suprema. El actor estima que de aplicársele la norma legal impugnada, se vulnera la igualdad ante la justicia y la garantía general del artículo 19 N° 26 de la Constitución; como también los límites del ejercicio de la soberanía y lo referido al principio de juridicidad, por cuanto la inactividad de uno de los intervinientes se ha negado al requirente acceder a un juez mediante el forzamiento de la acusación. La Sala designada por el Presidente del TC no admitió a trámite la acción deducida, pues el certificado exigido por el artículo 79 de la LOCTC no ha sido acompañado en la especie por la parte requirente. Sin perjuicio de lo anterior, se otorgó a la requirente un plazo de tres días para subsanar el defecto, bajo el apercibimiento de que si así no lo hace la acción se tendrá por no presentada para todos los efectos legales.

Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente en causa Rol 2051.

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