En fallo unánime.
TC rechazó inaplicabilidad que objetó norma en causa en la que contribuyente alega que Director Nacional del SII, al conocer recursos jerárquicos, ejercería funciones jurisdiccionales.
El conocimiento y decisión acerca del recurso jerárquico incorporado al Código Tributario corresponde al ejercicio de la función administrativa, sin que, con ello, se adopte una determinación con efecto de cosa juzgada, sino que resulta ser susceptible de impugnación ante la judicatura especializada.

El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad que impugnó el artículo 11, incisos primero y tercero, del Código Tributario.
El precepto impugnado establece, en su inciso primero, que “Toda notificación que el Servicio deba practicar se hará personalmente, por cédula o por carta certificada dirigida al domicilio del interesado, salvo que una disposición legal expresa ordene una forma específica de notificación o el contribuyente solicite expresamente o acepte ser notificado por correo electrónico u otro medio electrónico establecido por la ley, en cuyo caso el Servicio deberá informarle al contribuyente claramente los efectos de su aceptación, indicando expresamente que es voluntario informar el correo electrónico al Servicio y aceptar notificaciones por esa vía.”. Por su parte, el inciso tercero de la misma norma expresa que “La carta certificada mencionada en el inciso primero podrá ser entregada por el funcionario de Correos que corresponda, en el domicilio del notificado, a cualquiera persona adulta que se encuentre en él, debiendo ésta firmar el recibo respectivo”.
Al no haber sido declarado inaplicable el precepto legal por la Magistratura Constitucional, se alzó la suspensión del procedimiento decretada.
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