Diario Constitucional

Control obligatorio.

TC se pronunciará en torno a proyecto que aprueba Acuerdo Suplementario sobre Inversiones de Tratado de Libre Comercio.

el Banco Central de Chile estará facultado para mantener o adoptar las medidas necesarias, conforme a su ley orgánica constitucional y, asimismo, se regula la exigencia del encaje, conforme al artículo 49 N° 2 de la misma ley, respecto a las transferencias a que hace alusión el referido acuerdo.

Por Redacción·09 de septiembre de 2013·1 min de lectura
TC se pronunciará en torno a proyecto que aprueba Acuerdo Suplementario sobre Inversiones de Tratado de Libre Comercio.
Referencial

La Cámara de Diputados remitió al TC la iniciativa que aprueba el Acuerdo Suplementario sobre Inversiones del Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Popular China, suscrito en Vladivostok, Federación Rusa, el 9 de septiembre de 2012. El Acuerdo Suplementario contiene normas propias de ley orgánica constitucional, en lo que respecta al artículo 9 de la Sección B, en relación a los numerales 1 y 2 del Anexo. Al efecto, señala el acuerdo que, con el objeto de velar por la estabilidad de la moneda nacional y por el normal funcionamiento de los pagos internos y externos, el Banco Central de Chile estará facultado para mantener o adoptar las medidas necesarias, conforme a su ley orgánica constitucional y, asimismo, se regula la exigencia del encaje, conforme al artículo 49 N° 2 de la misma ley, respecto a las transferencias a que hace alusión el referido acuerdo. Corresponderá al pPeno del TC pronunciarse respecto de la constitucionalidad del proyecto de ley.

Vea texto íntegro del proyecto de acuerdo y expediente N°2522.

RELACIONADO

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.