Segunda sala.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que permite a Inspección del Trabajo determinar el monto de multas a empleadores.
Para el caso que se declare admisible, le corresponderá al Tribunal Pleno emitir un pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

El Tribunal Constitucional admitió a trámite el requerimiento de inaplicabilidad respecto del artículo 506 del Código del Trabajo.
La gestión pendiente incide en autos laborales, de que conoce el Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de San Miguel, por recurso de nulidad, en los que la empresa requirente es multada por la Inspección del Trabajo, en virtud de una denuncia de una extrabajadora que aduce haber sido despedida encontrándose con fuero maternal.
Al efecto, cabe recordar que la requirente indica, en síntesis, que el precepto impugnado infringe la igualdad ante la ley y el debido proceso. El primero de ellos, pues considera que la Inspección del Trabajo cuenta con excesiva discrecionalidad para determinar las multas, lo cual produce una diferencia arbitraria. Por su parte, la segunda garantía constitucional la estima vulnerada, toda vez que el hecho de que la Inspección del Trabajo determine discrecionalmente el monto de la multa afectaría el principio de legalidad e indefensión al ser determinada sin la necesidad de fundamentarla.
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